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jueves, 21 de abril de 2011

ECHA publica un nuevo documento de orientación sobre etiquetado y embalaje



Este nuevo documento es una actualización de la anterior Guía sobre Aplicación de Criterios CLP, ofrece más detalles sobre el etiquetado y embalaje y reemplaza las secciones relativas al etiquetado y la selección de consejos de prudencia del documento Guía existente. Está dirigido a fabricantes, importadores, usuarios intermedios y distribuidores de sustancias y mezclas químicas.


La guía aclara en particular:
  • qué aspectos deben tenerse en cuenta al evaluar el tamaño necesario de la etiqueta;
  • qué tipo de información complementaria es posible ofrecer y en qué lugar de la etiqueta debe situarse esta información;
  • qué condiciones eximentes rigen para pequeños embalajes;
  • la interacción entre el Reglamento CLP y la normativa de etiquetado para el transporte;
  • cómo seleccionar el conjunto más apropiado de consejos de prudencia para incluir en la etiqueta;
  • las disposiciones transitorias para sustancias y mezclas ya comercializadas.


11-04-2011




Enlace directo al código QR
para smartphones y tabletas PC.

Tesauro de ECHA para REACH y CLP

ECHA ha puesto a disposición pública y gratuita un tesauro online de términos empleados en los reglamentos REACH y CLP. En su versión de prueba, la base de datos terminológica incluye 22 lenguas europeas oficiales. Además de los principales términos del REACH y CLP, incluye pictogramas de clasificación, etiquetado y envasado, indicaciones de peligro y consejos de prudencia.


El proyecto de ECHA, pretende entre otras cosas mejorar la calidad de las traducciones de sus documentos y dotar a las empresas de una herramienta terminológica multilingüe para facilitar la comunicación entre los distintos eslabones de la cadena de suministro. Las empresas podrán utilizar la base de datos para preparar las fichas de seguridad en varias lenguas.

Dicho tesauro se encuentra en la recta final de la fase de prueba. Sólo se requiere el registro de aquellos usuarios que quieran descargar los términos o enviar observaciones.

sábado, 16 de abril de 2011

Alerta OSHA sobre la aplicación de productos de alisado en salones de belleza

OSHA ha lanzado una alerta sobre la utilización del producto Brazilian Blowout, utilizado para el alisado del pelo en los salones de belleza, debido a su contenido en formaldehído.

OSHA asegura que puede exponer a los trabajadores de dichos salones a niveles elevados de formaldehído, aumentando el riesgo de cáncer. Cuando se aplica calor con la plancha de pelo, se liberan pequeñas cantidades de formaldehído al aire. Si el salón no está bien ventilado o la cantidad se acumula, puede causar irritación o puede dar lugar a cáncer de nariz o pulmones.

jueves, 14 de abril de 2011

Aplicación informática "Metodología simplificada para la evaluación del riesgo de exposición a agentes químicos"


Mediante la aplicación Metodología simplificada se pueden realizar evaluaciones del riesgo de exposición a agentes químicos por vía inhalatoria, basada en el método COSHH (Control of Substances Hazardous to Health) del HSE (Health and Safety Executive) de Gran Bretaña, el “Easy to use workplace control scheme for hazardous substances” del Baua – EMKG (Federal Institute for Occupational Safety and Health) y el “International Chemical control toolkit” de la OIT.

Las empresas mediante su uso pueden autoevaluar los riesgos por exposición a agentes químicos de sus puestos de trabajo, estimar la exposición, obtener fichas de control (códigos de buenas prácticas) y guardar dichos estudios en la propia web siendo accesibles por la empresa en cualquier momento, pudiendo modificarlos y editarlos.

Esta herramienta informática permite:

-aplicar la metodología simplificada, de forma sistemática, para realizar las evaluaciones de riesgos por exposición a agentes químicos,
-la toma de datos de la empresa, puestos de trabajo, operaciones, sustancias y preparados utilizados,
-la estimación del nivel de riesgo potencial en función de la peligrosidad de los agentes químicos utilizados (toxicidad, volatilidad, pulverulencia y cantidades utilizadas),
-la estimación de la exposición teniendo en cuenta las medidas preventivas existentes o recomendadas,
-obtener fichas para el control (64) del nivel de riesgo establecido para cada puesto de trabajo u operación, con las medidas preventivas más adecuadas en cada caso,
-identificar el riesgo "leve",
-identificar los puestos de trabajo donde es necesario realizar mediciones,
-documentar la justificación cuando no es necesario realizar mediciones,
-identificar todos los riesgos de las sustancias y preparados presentes, incluidos los riesgos por vía dérmica, y
-la realización de cálculos para determinar si la situación es aceptable y la impresión de los informes con los datos recabados y conclusiones obtenidas.


Nota: la versión de esta aplicación de acceso público no guarda los datos de la evaluación introducidos por el usuario, sólo se pueden imprimir. Se recomienda a los mutualistas registrarse en el Portal PRL para poder acceder a la versión que permite almacenar los datos en la propia aplicación y poder consultar las evaluaciones almacenadas, editarlas, imprimirlas, etc.

sábado, 2 de abril de 2011

Modificaciones del Reglamento REACH

El Reglamento (UE) Nº 252/2011 de la Comisión, de 15 de marzo de 2011, modifica el REACH, en lo que respecta a su anexo I, al informe de seguridad química. Esta modificación entrará en vigor el día 5 de mayo de 2011, excepto para los registros solicitados antes de dicha fecha, en cuyo caso lo deberá de actualizar antes de 30 de noviembre de 2011.


El Reglamento (UE) nº 253/2011 de la Comisión, de 15 de marzo de 2011, modifica el REACH, en lo que respecta a su anexo XIII, a los criterios para identificar las sustancias persistentes, bioacumulables y tóxicas (sustancias PBT), y las sustancias muy persistentes y muy bioacumulables (sustancias mPmB), así como la información que debe tenerse en cuenta a la hora de valorar las propiedades P, B y T de una sustancia. Los registros de las sustancias ya efectuados deberán adaptarse a este reglamento a partir del 19 de marzo de 2013.

Teléfono de emergencia que debe incluirse en la ficha de datos de seguridad


Conforme al artículo 45 del Reglamento CLP los Estados miembros deben designar al organismo responsable de recibir, de los importadores y usuarios intermedios que comercialicen mezclas, la información pertinente, en particular, para la formulación de medidas preventivas y curativas, en particular para la respuesta sanitaria en caso de urgencia.

En el caso de España el organismo designado es el Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses:
Servicio de Información Toxicológica (Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses) Teléfono: + 34 91 562 04 20
Información en español (24h/365 días)

AVISO IMPORTANTE: antes de incluir el número de teléfono nacional de emergencias, en la sección 1.4 de la SDS, la empresa responsable de la comercialización comunicarán la composición de cada fórmula al Servicio de Información Toxicológica del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, de acuerdo con los procedimientos que a tal efecto se establezcan por dicho organismo, que pueden solicitar en el correo electrónico sit.documentacion@mju.es.

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